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19 de septiembre de 2005, 9h17
Acaban los redondeos abusivos en aparcamientos públicos y móviles

Por UNO

El nuevo anteproyecto de Ley de mejora de la Protección de los Consumidores augura el fin de la práctica abusiva del redondeo al alza en aparcamientos y la telefonía móvil.

A mediados del pasado mes de agosto, la Unión de Consumidores de España (UCE) presentaba una denuncia contra Telefónica Móviles S.A. ante el Instituto Nacional de Consumo y la Secretaría de Telecomunicaciones por “practicas abusivas” y alteración unilateral del sistema tarifario. En efecto, la compañía Movistar, perteneciente a Telefónica, modificó desde el 1 de septiembre su estructura de tarifas pasando del cobro por segundos a redondear al alza la duración de las llamadas, de manera que, en la actualidad, el usuario paga el establecimiento de llamada, el primer minuto completo y los siguientes en fracciones de 30 segundos.

La organización de consumidores denunció igualmente a las tres operadoras de móviles que funcionan en España (Amena, Vodafone y Movistar) ante el Servicio de Defensa de la Competencia señalando que estas compañías han convenido de forma conjunta la adopción del redondeo al alza, en detrimento de los intereses de los consumidores. En este sentido, el texto de la denuncia hacía referencia a la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe “todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional”.



La práctica del redondeo al alza ya había sido denunciada con anterioridad por el Defensor del Pueblo, que mostró su preocupación por el abuso que supone esta práctica, al cobrar al consumidor servicios no prestados. A este respecto, la UCE ha calculado que las empresas españolas de telefonía obtuvieron en 2004, gracias al redondeo, una facturación adicional de 1.535 millones de euros, de los que 1.385 millones de euros se obtuvieron por el cobro del primer minuto completo.

Otro sector conocido por generalizar los redondeos al alza es el de las empresas que gestionan los aparcamientos, que ya el año pasado recibieron un toque de atención desde un juzgado de instrucción madrileño en una sentencia en la que se condenaba a los aparcamientos públicos a eliminar la cláusula de pago “por hora o fracción”. Las ciudades con las tarifas de aparcamiento más caras, y en las que se obtiene mayor tajada del cobro por fracciones horarias, son Barcelona y Madrid. Un estudio realizado recientemente -citado por la asociación Ausbanc- sobre 18 centros de estacionamiento en siete distritos del centro de Madrid dio como resultado que de los 5.080.000 conductores que cada día hacían uso de las 127.000 plazas disponibles en estos garajes, un 8,72% recogía su vehículo antes de la primera media hora; es decir, un total de 443.088 personas se veían obligadas al abono diario de la fracción mínima de 30 minutos, siempre superior a su estancia real.

Ante este panorama de abuso generalizado, el Gobierno había manifestado su intención de atajar la práctica del redondeo en la telefonía móvil el pasado 6 de septiembre, cuando el ministro de Industria, José Montilla, aseguró que el Ejecutivo se encontraba “estudiando medidas para defender los intereses de los usuarios ante fórmulas como las del redondeo, que no me parecen suficientemente transparentes para los intereses de los clientes”.

Tras esta declaración institucional, Telefónica anunció su voluntad de establecer reuniones con la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y con Vodafone y Amena para estudiar la posibilidad de reconducir estas prácticas, a la vez que hacía pública su intención de lanzar una nueva modalidad de contrato en la que facturará por segundos y no por fracciones de medio minuto.



Sin embargo, dos días después de las declaraciones de Montilla, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores, que prohíbe expresamente el redondeo al alza y establece el pago por tiempo real consumido en todos los servicios. Según el anteproyecto, cuando la determinación del precio se base en unidades de tiempo, se considerarán abusivas las cláusulas que fijen una cuantía por unidades no consumidas o que redondeen al alza por tiempos no utilizados. Este nuevo texto legal clarifica la prohibición del redondeo ya plasmada en la Ley General de Defensa de los Consumidores de 1984.

Para las asociaciones de consumidores, la aprobación del anteproyecto es considerada como “un gran avance”. Según la Organización de Consumidores Y Usuarios (OCU), de aprobarse esta modificación, el texto será un instrumento que permitirá “la erradicación definitiva, en todos los sectores, de una práctica claramente perjudicial”. La Federación de Consumidores y Usuarios en Acción (FACUA) calificó como un éxito el compromiso gubernamental para acabar con las prácticas abusivas.


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