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24 de mayo de 2006, 9h13
Ana García explica el Proyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios

Por UNO

Ana García es miembro del Gabinete Jurídico de CECU (Confederación de Consumidores y Usuarios).

Ana García es miembro del Gabinete Jurídico de CECU (Confederación de Consumidores y Usuarios).

- ¿Qué aspectos habría que mejorar de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) de 1984?

En el aspecto formal es importante que esta Ley ofrezca un elevado nivel de protección al consumidor mediante la reforma de aquellas cuestiones que, derivando de una directiva comunitaria, no han sido reflejadas correctamente en nuestro ordenamiento interno. En cuanto al contenido de la Ley, desde el año de su promulgación, 1984, los conflictos de consumo han ido evolucionando en paralelo al desarrollo de la sociedad, por lo que hay determinados ámbitos donde es preciso reforzar la protección del consumidor en la actualidad como en el caso de la prestación de los servicios de telecomunicaciones, la información en la oferta de productos y servicios y la vivienda.

- ¿Cuáles son los aspectos más reseñables del Proyecto de Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios?

En primer lugar, las modificaciones necesarias para adaptar correctamente al ordenamiento español lo dispuesto en la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores en relación con las acciones de cesación y con el ámbito de aplicación material de la protección al consumidor.

En segundo lugar, destacan las mejoras propuestas para tratar de lograr un incremento de la protección del consumidor en diferentes ámbitos en los que es necesario reforzar sus derechos, para lo que se han introducido reformas para facilitar al consumidor la desvinculación del contrato, se ha reforzado el principio de veracidad de la oferta, promoción y publicidad en caso de falta de información suficiente sobre las condiciones del contrato. También se ha incidido en la indebida imposición al consumidor de arbitrajes distintos del Sistema Arbitral de Consumo, así como en la protección del consumidor como adquirente de vivienda.

- También se introduce la prohibición de cláusulas abusivas, como es el redondeo al alza, ¿qué opinión le merece?

Es una medida muy positiva dado lo extendido de esta práctica de redondeo al alza en el tiempo consumido que se refleja en el precio o en la factura de los productos ofrecidos o en los servicios prestados al consumidor como el caso de los aparcamientos de vehículos, donde efectivamente se cobran cantidades a través de medias fracciones por un servicio no prestado. De este modo el consumidor tendrá que pagar por el tiempo de prestación efectiva del servicio eliminando los abusos que esta situación estaba produciendo. Por otra parte, en lo relativo a la validez de esta condición, al considerarse expresamente en la Ley el redondeo al alza como cláusula abusiva su inserción en un contrato tiene como consecuencia la nulidad de la misma.

- Esta reforma incluye la equiparación de los requisitos para darse de alta y de baja en los contratos, ¿en qué consiste?

Con esta reforma se incluye expresamente como una cláusula abusiva la renuncia al derecho del consumidor a desvincularse del contrato de prestación de servicios, por lo que en los contratos en que se inserte esta cláusula se tendrá por no puesta. Para reforzar la protección del consumidor se prevé que la obstaculización al derecho del consumidor a desvincularse del contrato de prestación de servicios o la falta de un procedimiento para darse de baja del servicio sea una infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

Teniendo en cuenta que uno de los dos sectores más reclamados tradicionalmente es el de Telecomunicaciones y que una de las causas más comunes de reclamación es la dificultad para darse de baja de estos servicios, entendemos que se trata de una medida imprescindible para tratar de lograr que esta situación cambie y los consumidores puedan optar entre los diferentes operadores del mercado sin trabas por parte de las empresas.

- ¿Podemos estar tranquilos los consumidores y usuarios con estas modificaciones?

Una vez aprobadas estas medidas habrá que estar al tanto de su efectiva aplicación, para lo que los consumidores deberán de estar atentos ante la posible vulneración de sus derechos y, en ese caso, dirigirse a los organismos y entidades de defensa del consumidor para la protección de sus derechos para tramitar la oportuna reclamación o denuncia ante los organismos correspondientes. Mediante su participación activa será posible la consolidación de estos derechos.

- Este Proyecto de Ley, ¿es satisfactorio para CECU?

Esta reforma es positiva para los consumidores al introducir cambios que van a tener como consecuencia un aumento de la protección de sus intereses económicos y sociales, y da respuesta a las reivindicaciones de las asociaciones de consumidores que venían solicitando estos cambios legislativos.


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