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7 de mayo de 2008, 6h53
La UE declara ilegal el "céntimo sanitario" y exige modificarlo

Por CONSUMER.es EROSKI

El Gobierno defenderá la capacidad normativa de las comunidades para aplicar este gravamen

La Comisión Europea ha decretado que el llamado "céntimo sanitario" -el impuesto estatal que grava los carburantes y cuya recaudación se utiliza para financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria y ha exigido a España que lo modifique. La solicitud de Bruselas adopta la forma de un dictamen motivado, que es la segunda fase de un procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades españolas no se ajustan a su exigencias, el Ejecutivo comunitario podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

El Ministerio de Economía y Hacienda ya ha anunciado que defenderá en Bruselas la capacidad normativa de las comunidades autónomas para llevar adelante este gravamen y se ha mostrado "abierto y flexible" a buscar una solución con la Comisión Europea.

El "céntimo sanitario" es un impuesto con un tramo estatal obligatorio y un tramo autonómico voluntario, con lo que el Estado cobra siempre y algunas comunidades han optado por no cobrarlo y otras por aplicarlo en distintas escalas. La Administración central revierte luego la cuantía recaudada a las comunidades que lo aplican.

Sin "finalidad específica"

La UE considera que el "céntimo sanitario" no cumple las condiciones que exige la legislación de la UE. En primer lugar, no tiene una "finalidad específica", que según la interpretación del Tribunal de Justicia de Luxemburgo es "una finalidad no presupuestaria".

Bruselas considera que el objetivo principal del impuesto es "fortalecer la autonomía de las regiones proporcionándoles los medios para generar ingresos fiscales". "De acuerdo con los criterios del Tribunal de Justicia, esto no puede considerarse una 'finalidad específica' a efectos de lo dispuesto en la directiva", dijo la Comisión en un comunicado.

Otro motivo de incumplimiento es que el devengo del impuesto no se ajusta al del impuesto especial armonizado, puesto que no tiene lugar en el momento en que los productos dejan el último depósito fiscal sino en una fase posterior, cuando los productos en cuestión se venden al comprador en la gasolinera.

Por todo ello, el Ejecutivo de la UE ha solicitado formalmente a España que ajuste su legislación nacional al derecho comunitario.

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