Te damos algunos pasos importantes a seguir cuando se intenta adquirir un inmueble a través del sistema de segunda mano.
-Antes de embarcarse de lleno en la compra de una vivienda de segunda mano, hay que acercarse al Registro de la Propiedad de la localidad donde esté el inmueble y solicitar una nota informativa de la finca. En este documento aparece toda la información relativa a las hipotecas o embargos que pudieran pesar sobre ella, así como la titularidad de la vivienda.
-En el caso de un vehículo, en la Jefatura Provincial de Tráfico tendremos acceso al Registro de Vehículos, donde aparecen los datos oficiales de éstos, que se pueden comparar con los que ofrece el propietario. También nos aseguraremos de que sobre el vehículo no recaiga ninguna carga fiscal. O sea, que tenga pasada la ITV de ese año, que no esté embargado, etc.
-Si no se verifican estos datos, podríamos acabar abonando los pagos pendientes que pudiera tener el anterior propietario.
-Únicamente se paga el Impuesto del Valor Añadido (IVA) en el caso de vivienda nueva, ya que en las de segunda mano se abona el 6% del valor de la escritura.
-Si se trata de un vehículo, hay que tener en cuenta que se debe abonar un 16% del precio en concepto de IVA si se compra en un establecimiento. En cambio, en la compra-venta entre particulares el IVA representa sólo el 4%. Si compramos un coche en un país no comunitario, debemos sumar un 10% por el arancel.
-Si compramos la vivienda o el vehículo a través de una inmobiliaria o un concesionario, será el vendedor quien se encargará de redactar el contrato, cuyo modelo siempre se puede negociar.
-Si la transacción se realiza exclusivamente entre particulares, ellos acordaran quién lo redacta, aunque normalmente se suele solicitar asesoría profesional.
-A la firma del contrato tenemos derecho a conocer elementos como los datos del vendedor, y en el caso de viviendas, del constructor y el arquitecto, además de la descripción general de la vivienda con planos y superficies; información sobre las zonas comunes; la memoria de calidades, las fechas de entrega o el precio total, entre otros.
-En todos los casos, el contrato deberá recoger la distribución de los gastos de la operación entre el comprador y el vendedor, y la liquidación de los gastos notariales, si los hubiere. De todas formas, el notario está obligado a leer íntegramente, o a dar a leer a las partes, la escritura en el momento de la firma.
-Una vez firmadas las escrituras, el último paso es la inscripción en el Registro de la Propiedad o del Registro de Vehículos de los datos del nuevo propietario. Este acto protege nuestra titularidad sobre el bien adquirido.