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15 de abril de 2008, 10h16
Requisitos para un contrato indefinido

El panorama actual en el mundo laboral es difícil, ya no sólo por la crisis económica que se avecina, también por el aumento de la competencia y de la preparación y formación de los trabajadores.

La precariedad laboral tampoco ayuda a millones de jóvenes que quieren abrirse camino en el mundo laboral. La situación de incertidumbre, de contratos temporales o por obra sin justificación alguna hacen de esta situación un asunto común en la Unión Europea.

En España, las estadísticas confirman que las altas cifras de temporalidad y paro entre los más jóvenes van en aumento. Por ello hay que conocer algunos requisitos y regulaciones que permiten una contratación indefinida.

* Las mujeres desempleadas tiene derecho a ocupar y desempeñar una profesión o empleo con menor índice de empleo femenino. Por lo que hay que fijarse más en aquellos trabajos en los que normalmente sólo se ven hombres, e indagar si cumplen un cupo de contratación para mujeres.

* Aquellas personas que padezcan alguna minusvalía podrán conseguir trabajo con mayor facilidad que en años anteriores, ya que las leyes obligan a todas las empresas a contratar a un número determinado de discapacitados. No obstante, todos saldrán ganado ya que las compañías obtienen, a cambio, beneficios fiscales.

* Los trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo que lleven parados al menos seis meses de forma ininterrumpida podrán demandar un contrato indefinido.

* A la hora de formalizar el contrato, hay que tener cuidado con algunos aspectos del mismo. Por ejemplo, en el contrato tiene que aparecer su modalidad, en este caso, por tiempo indefinido y además constará por escrito. Los modelos para la contratación serán los que facilita a todas las empresas el Servicio Público de Empleo Estatal.

* Otra peculiaridad que es importante tener en cuenta es una cláusula que debe constar en toda contratación para asegurarnos que no se den despidos improcedentes. Es decir, en caso de que se extinga el contrato por causas objetivas y esta sea declarada improcedente, la cuantía de la indemnización será de 33 días de salario por año de servicio, prorrateados por meses los períodos de tiempo inferior a un año y hasta un máximo de 24 mensualidades.

* Las empresas o bien obtiene una serie de beneficios al año, o quieren alcanzar unos objetivos, que en la mayoría de los casos, suponen un mayor rendimiento de sus trabajadores. Por ello, en un contrato indefinido o de otro tipo, pueden acogerse a los incentivos en la contratación indefinida, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para las empresas.

* En los últimos años, las empresas tienden a contratar a sus empleados a través de un contrato laboral temporal, que pasado un periodo de tiempo determinado, podría convertirse en un contrato a tiempo indefinido. Pero la trampa está en que la mayoría de las veces o no se renueva o se hace mediante otro temporal.

Por ello, la persona que se dispone a firmar un contrato temporal debe hacer constar por escrito que la empresa que lo contrata, una vez superado el tiempo del contrato, renovará el mismo mediante una contratación indefinida siempre que el trabajo desempeñado y el comportamiento del sujeto del contrato haya sido el adecuado.


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