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28 de abril de 2009, 15h04
Ayudas al alquiler

¿Cómo pedirla? ¿Qué requisitos tengo que cumplir? ¿Dónde? ¿Cuánto?

Todos aquellos jóvenes entre 22 y 30 años podrán pedir la ayuda al alquiler si sus rentas mensuales son exceden de un límite. ¿Cómo pedirla? ¿Qué requisitos tengo que cumplir? ¿Dónde? ¿Cuánto?

En primer lugar, las personas entre 22 y 30 año podrán solicitar la renta básica de emancipación siempre y cuando sus ingresos no superen los 22.000 euros brutos anuales.

Además, tendrán que demostrar que esa fuente ingresos es la que han tenido durante los últimos seis meses, o al menos, la que tendrán durante los próximos seis.

En caso de que trabajes por cuenta ajena, habrá que presentar un Certificado de Haberes del año en curso que la empresa para la que se trabaja deberá facilitar. Y en caso de que trabajes por cuenta propia, habrá que demostrar el rendimiento neto de la actividad.

El beneficiario de este tipo de ayudas no podrá ser nunca propietario de un bien inmueble salvo en determinadas excepciones recogidas en el Real Decreto 801/2005. Para ello, consultar en la página de Vivienda o en el catastro: catastro.meh.es.

Es imprescindible constar en el contrato de alquiler como titular. Así pues, la cuantía de la prestación se dividirá entre los titulares del contrato, por lo que podrán solicitarla todos aquellos que consten en él.

El pago mensual del alquilar deberá hacerse siempre a la misma cuenta y siempre que ésta pertenezca a una de las entidades colaboradoras con la institución.

¿Quién no puede solicitar la renta de emancipación? La vivienda será única y exclusivamente para uso permanente y habitual. Ni se pueden alquilar habitaciones, ni firmar contratos para el uso exclusivo de la vivienda por temporada o como apartamento turístico.

Tampoco se aceptarán familiares cercanos en los contratos de alquiler ni que el receptor de la ayuda tenga un patrimonio mayor de 108.182,18 euros.

Las personas que cumplan todos estos requisitos podrán recibir una ayuda para pagar su alquiler de 210 euros mensuales con una duración máxima de cuatro años, con indiferencia de que estos sean o no consecutivos.

También recibirán una ayuda de 600 euros de préstamo para la fianza, sin intereses y reintegrable. Además, se abonarán otros 120 euros para los gastos del aval.


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