Estos productos no son otra cosa que cuentas corrientes, libretas o depósitos bancarios (nunca fondos de inversión) que tienen una particularidad: son una fórmula de ahorro que permite a su titular beneficiarse de deducciones fiscales, siempre que invierta ese dinero en la compra de su primera casa, que vaya a convertirse en su vivienda habitual, y que efectúe la compra en un plazo máximo de seis años desde el momento de su apertura.
La deducción fiscal por cuenta vivienda llega hasta el 15% (18% en el País Vasco) del dinero depositado. La desgravación rige para los cuatro primeros años de funcionamiento del plan, no para los dos restantes, que son fruto de la ampliación del tiempo de vigencia de estos productos acordado por el Gobierno el pasado 28 de octubre, con motivo del desplome en la venta de viviendas y la presión de la crisis sobre los españoles. Finalizado ese plazo, el titular está obligado a comprar, invertir el dinero ahorrado en la reforma de una vivienda o devolver a Hacienda los intereses deducidos durante ese tiempo. Así viene regulado en el artículo 69 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas y en su reglamento de desarrollo.
Pero todo eso sólo tiene validez si el dinero ingresado pretende destinarse exclusivamente a la compra de una vivienda habitual (o de un terreno, siempre que se construya una casa en él); no sirve en el caso de destinar sólo una parte del ahorro a la compra o reforma.
Captación de pasivo
Las cuentas de ahorro vivienda también representan un interesante filón para las entidades financieras. Con las actuales dificultades de liquidez, las cuentas vivienda se han convertido en un instrumento más para la captación de pasivo. El banco llama la atención del cliente ofreciendo una remuneración -al combinarla con el ahorro fiscal- más alta que las de cuentas ahorro comunes. No obstante, los expertos apuntan a que en el momento actual el aspecto fiscal es el más importante de una cuenta ahorro vivienda. Desde el primer año que se declara, el contribuyente está obligado a cumplir con las condiciones de este producto.
No obstante, cabe distinguir entre repercusiones macroeconómicas y repercusiones en la esfera particular, la del consumidor. Fomentar las cuentas vivienda en un momento en que el consumo se ha contraído y no hay muchas posibilidades de aumentar el ahorro no se perfila como la mejor de las ideas en el ámbito macroeconómico, sin embargo las personas que sí estén en disposición de ahorrar pueden encontrar en este tipo de productos financieros una excelente oportunidad de economizar, siempre y cuando hayan valorado bien su capacidad futura de compra. "De nada sirve abrir una cuenta vivienda para deducirse el 15% de un capital que luego haya que devolver por la incapacidad del ciudadano de hacer frente a la compra de una vivienda. Es por esto por lo que se recomienda ser "muy comedidos" con las contrataciones de cuentas vivienda y sólo hacerlo cuando se está seguro de poder afrontar la adquisición.
PRESTAR ATENCIÓN A
A la hora de elegir, cuando se ha decidido contratar una cuenta vivienda se debe tener en cuenta:
- La exigencia de un capital mínimo
- La disposición total del dinero
- El T.A.E. ofrecido por el producto
- La aplicación o no de comisiones de administración o de mantenimiento