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Aprender a invertir Derechos de las accionistas |
Las acciones confieren a su titular una serie de derechos:
Derecho
al dividendo
El
beneficio que una empresa obtenga en un ejercicio deberá destinarse;
en primer lugar, a compensar las pérdidas de años anteriores si
las hubiere; después, deben pagarse los impuestos correspondientes; la
parte restante podrá destinarse a reservas y dividendo.
Las reservas son la parte del beneficio que se mantiene en la sociedad con objeto
de aumentar la potencia económica de la misma y permitir financiar con
recursos propios las inversiones productivas que se tengan previstas.
El dividendo es la parte del beneficio que la compañía reparte
entre sus propietarios, es decir, sus accionistas.
Como puede deducirse, el importe del dividendo depende de los resultados de
la compañía en cada ejercicio y de su política de distribución
de beneficios, por eso a las acciones se las considera un producto de renta
variable.
Lo más habitual es que las empresas paguen dos dividendos al año
a sus accionistas (dividendo a cuenta y complementario).
Las empresas que cotizan en la Bolsa española ofrecieron a sus accionistas
una rentabilidad media por dividendo del 2,3% en 1997; una cifra que puede considerarse
muy atractiva en comparación con el resto de mercados desarrollados (véase
gráfico de la página 25).
A pesar del carácter variable del dividendo, en muchas de las empresas
que cotizan en Bolsa el importe de los dividendos es bastante previsible. Así
ocurre con las compañías eléctricas y con las autopistas,
cuyos beneficios dependen, en gran medida, de la subida anual de sus tarifas.
Derecho
a la transmisión Todo
accionista tiene derecho a recibir la parte proporcional que le corresponda
resultante de la liquidación de la sociedad; ello no significa que tenga
derecho a solicitar a la sociedad que le devuelva el valor de su inversión
en cualquier momento. Sin embargo, todo accionista tiene el derecho de transmitir
sus acciones, siempre y cuando encuentre comprador. En el caso de acciones que
cotizan en Bolsa la transmisión está prácticamente asegurada,
dado que una de las principales funciones de la Bolsa es precisamente dar liquidez
a los valores cotizados. La Bolsa, por tanto, facilita el ejercicio de este
derecho a los accionistas de las empresas que cotizan.
La diferencia positiva entre el precio de venta y el precio al que se compraron
las acciones se denomina plusvalía o rentabilidad extraordinaria. Por
lo tanto, un accionista puede rentabilizar su inversión por dos vías:
el dividendo y la plusvalía.
Derecho
preferente de suscripción
Cuando
una sociedad anónima efectúa una ampliación de capital
con emisión de nuevas acciones, los accionistas actuales tienen derecho
preferente para suscribir (comprometerse a la compra) de las nuevas acciones.
Este derecho también puede venderse; si la empresa de la que hablamos
cotiza en Bolsa, los derechos se pueden vender en ella.
Derecho
a voto Todos
los accionistas tienen el derecho al voto en la Junta General de la empresa.
La Junta General es la reunión que tienen todos los accionistas, ordinariamente
una vez al año, para tomar decisiones relativas a la empresa, y entre
ellas aprobar los ejercicios concluidos, nombramientos, etc.
Todos los accionistas tienen derecho al voto, con una simple restricción:
sólo pueden votar directamente aquéllos que reúnan el número
mínimo de acciones que se determine; aquellos accionistas que posean
un número inferior de acciones pueden unirse para cubrir dicho mínimo
y votar conjuntamente.
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